Language of document :

Recurso de casación interpuesto el 27 de abril de 2011 por la Union of European Football Associations (UEFA) contra la sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) dictada el 17 de febrero de 2011 en el asunto T-55/08, Union of European Football Associations (UEFA) / Comisión Europea

(Asunto C-201/11 P)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Union of European Football Associations (UEFA) (representantes: D. Anderson QC, D. Piccinin, Barrister, B. Keane, Solicitor y T. McQuail, Solicitor)

Otras partes en el procedimiento: Comisión Europea, Reino de Bélgica, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

Pretensiones de la parte recurrente

La recurrente sostiene que la sentencia recurrida debería anularse por los siguientes motivos:

a)    El Tribunal General incurrió en un error de Derecho en la aplicación de la Directiva 89/552, 1 tanto por lo que se refiere al requisito de claridad y transparencia como a la calificación de la EURO como acontecimiento de gran importancia para la sociedad.

b)    El Tribunal General incurrió en un error de Derecho en la aplicación de las disposiciones del Tratado en materia de competencia.

c)    El Tribunal General incurrió en un error de Derecho en la aplicación de las disposiciones del Tratado en materia de libre prestación de servicios y en relación con el principio de proporcionalidad.

d)    El Tribunal General incurrió en un error de Derecho en la aplicación del derecho de propiedad de la UEFA.

e)    El Tribunal General incurrió en un error de Derecho al considerar que la Decisión impugnada estaba suficientemente motivada en relación con los siguientes aspectos i) calificación de la EURO como acontecimiento de gran importancia para la sociedad, ii) competencia, iii) libre prestación de servicios y iv) derechos de propiedad.

____________

1 - Directiva 89/552/CEE del Consejo, de 3 de octubre de 1989, sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva (DO L 298, p. 23).