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Recurso interpuesto el 22 de diciembre de 2010 - Comisión Europea / Reino de España

(Asunto C-610/10)

Lengua de procedimiento: español

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: B. Stromsky y C. Urraca Caviedes, agentes)

Demandada: Reino de España

Pretensiones

Que se declare que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Decisión 91/1/CEE de la Comisión, de 20 de diciembre de 1989, relativa a las ayudas concedidas por el Gobierno español y los consejos de gobierno de varias Comunidades Autónomas españolas a Magefesa, fabricante de artículos de menaje de acero inoxidable y de pequeños aparatos electrodomésticos (DO 1991, L 5, p. 18; la "Decisión 91/1"), y del artículo 260 TFUE, al no haber adoptado todas la medidas que implica la ejecución de la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia el 2 de julio de 2002, Comisión/España (C-499/99, Rec. p. I-603; la "sentencia de 2002"), relativa al incumplimiento de las obligaciones que incumben al Reino de España en virtud de dicha Decisión.

Que se condene en costas al Reino de España a pagar a la Comisión una multa coercitiva por importe de 131.136 euros por cada día de retraso en la ejecución de la sentencia de 2002, desde el día en que se dicte sentencia en el presente asunto hasta el día en que se ejecute plenamente la sentencia de 2002.

Que se condene al Reino de España a pagar a la Comisión una suma a tanto alzado, cuyo importe resultará de multiplicar una cantidad diaria de 14.343 euros por el número de días de persistencia de la infracción transcurridos desde la fecha en que se dictó sentencia de 2002 hasta:

-    la fecha en que el Reino de España recupere las ayudas declaradas ilegales por la Decisión 91/1, si el Tribunal de Justicia comprueba que la recuperación se ha producido efectivamente antes de que se pronuncie las sentencia en el presente asunto.

-    la fecha en que se dicte sentencia en el presente asunto, si la sentencia de 2002 no ha sido plenamente ejecutada antes de esa fecha.

Que se condene en costas al Reino de España.

Motivos y principales alegaciones

Las medidas adoptadas por España no han resultado en una ejecución inmediata de la sentencia de 2002 y de la Decisión 91/1, ni en una recuperación total e inmediata de la ayuda ilegal e incompatible.

Según una jurisprudencia constante, el único motivo de defensa que un Estado miembro puede alegar contra un recurso por incumplimiento es la imposibilidad absoluta de ejecutar correctamente la decisión.

En el caso de autos, en la larguísima correspondencia mantenida entre los servicios de la Comisión y las autoridades españolas en torno a las medidas adoptadas para dar cumplimiento a la Decisión 91/1, las autoridades españolas no han invocado una imposibilidad absoluta de ejecución de dicha decisión y se han limitado a esgrimir vagas dificultades internas.

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