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Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 18 de julio de 2013 – Fédération Internationale de Football Association (FIFA) / Comisión Europea, Reino de Bélgica, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

(Asunto C-205/11 P) 1

(Recurso de casación – Radiodifusión televisiva – Directiva 89/552/CEE – Artículo 3 bis – Medidas adoptadas por el Reino Unido sobre los acontecimientos de gran importancia para la sociedad de ese Estado miembro – Copa del Mundo de fútbol – Decisión que declara las medidas compatibles con el Derecho de la Unión – Motivación – Artículos 43 CE, 49 CE y 86 CE – Derecho de propiedad)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Fédération Internationale de Football Association (FIFA) (representantes: A. Barav y D. Reymond, avocats)

Otras partes en el procedimiento: Comisión Europea (representantes: E. Montaguti y N. Yerrell, agentes, asistidos por M. Gray, Barrister), Reino de Bélgica (representantes: C. Pochet, M.J.-C. Halleux, agentes, asistidos por A. Joachimowicz y J. Stuyck, advocaten), Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (representantes: S. Ossowski y J. Beeko, agentes, asistidos por T. de la Mare, QC)

Objeto

Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 17 de febrero de 2011 – Fédération Internationale de Football Association (FIFA)/Comisión (T-68/08), por la que se desestimó un recurso cuyo objeto era la anulación de la Decisión 2007/730/CE de la Comisión, de 16 de octubre de 2007, por la que se declara la compatibilidad con el Derecho comunitario de las medidas adoptadas por el Reino Unido con arreglo al artículo 3 bis, apartado 1, de la Directiva 89/552/CEE del Consejo, de 3 de octubre de 1989, sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva (DO L 295, p. 12).

Fallo

Desestimar el recurso de casación.

Condenar en costas a la Fédération Internationale de Football Association (FIFA).

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1 DO C 232, de 6.8.2011.