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Petición de decisión prejudicial planteada por el Augstākās tiesas Senāts (Letonia) el 1 de junio de 2012 - Vitālijs Drozdovs / AAS "Baltikums"

(Asunto C-277/12)

Lengua de procedimiento: letón

Órgano jurisdiccional remitente

Augstākās tiesas Senāts

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Vitālijs Drozdovs, representado por su tutora, Valentīna Balakireva

Recurrida: AAS "Baltikums"

Cuestiones prejudiciales

¿Está incluida la indemnización por daños morales en el importe de la protección obligatoria por daños corporales establecido en el artículo 3 de la Directiva 72/166/CEE del Consejo, 2 de 24 de abril de 1972, Primera Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros, sobre el seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como del control de la obligación de asegurar esta responsabilidad, y en los artículos 1 y 2 de la Directiva 84/5/CEE del Consejo, de 30 de diciembre de 1983, Segunda Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre el seguro de responsabilidad civil que resulta de la circulación de los vehículos automóviles?

Si la respuesta a la primera pregunta es afirmativa, ¿deben interpretarse el artículo 3 de la Directiva 72/166/CEE del Consejo, de 24 de abril de 1972, Primera Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros, sobre el seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como del control de la obligación de asegurar esta responsabilidad, y los artículos 1 y 2 de la Directiva 84/5/CEE del Consejo, de 30 de diciembre de 1983, Segunda Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre el seguro de responsabilidad civil que resulta de la circulación de los vehículos automóviles, en el sentido de que estas disposiciones se oponen a una norma de un Estado miembro mediante la que se restringe la responsabilidad civil existente en dicho Estado -el importe máximo de indemnización por daños inmateriales (morales)- estableciendo un límite que es sustancialmente inferior al límite establecido a la responsabilidad de la aseguradora en las Directivas y en la ley nacional?

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1 - DO L 103, p. 1.

2 - DO L 8, p. 17.