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Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Francia) el 12 de abril de 2018 — Syndicat des cadres de la sécurité intérieure / Premier ministre, Ministre d’État, Ministre de l’Intérieur, Ministre de l’Action et des Comptes publics

(Asunto C-254/18)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Conseil d’État

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Syndicat des cadres de la sécurité intérieure

Recurridas: Premier ministre, Ministre d’État, Ministre de l’Intérieur, Ministre de l’Action et des Comptes publics

Cuestiones prejudiciales

¿Deben interpretarse las disposiciones de los artículos 6 y 16 de la Directiva 2003/88/CE, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, 1 en el sentido de que imponen un período de referencia definido de modo variable en el calendario, o bien en el sentido de que permiten a los Estados miembros optar entre conferir a tal período de referencia un carácter variable en el calendario o un carácter fijo?

En caso de que dichas disposiciones deban interpretarse en el sentido de que imponen un período de referencia de carácter variable en el calendario, ¿puede referirse la facultad que otorga el artículo 17 de establecer excepciones a lo dispuesto en la letra b) del artículo 16 no solo a la duración del período de referencia, sino también a su carácter variable en el calendario?

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1 Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo (DO 2003, L 299, p. 9).