Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 7 de diciembre de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por el Vredegerecht te Antwerpen — Bélgica) — Woonhaven Antwerpen / Khalid Berkani, Asmae Hajji
(Asunto C-446/17) 1
(Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Cláusulas abusivas — Contrato de arrendamiento celebrado entre una sociedad de vivienda social reconocida y un arrendatario — Contrato tipo de alquiler obligatorio por un acto legislativo nacional — Directiva 93/13/CEE — Artículo 1, apartado 2 — Inaplicabilidad de dicha Directiva)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Vredegerecht te Antwerpen
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Woonhaven Antwerpen
Demandadas: Khalid Berkani, Asmae Hajji
Fallo
El artículo 1, apartado 2, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, debe interpretarse en el sentido de que dicha Directiva no se aplica a las condiciones que figuran en el contrato de alquiler social celebrado entre una sociedad de vivienda social reconocida y un arrendatario, que estén determinadas por una normativa nacional como el artículo 11 del contrato tipo de alquiler anexo al Besluit van de Vlaamse Regering tot reglementering van het sociale huurstelsel ter uitvoering van titel VII van de Vlaamse Wooncode (Decisión Marco sobre el alquiler social ― Decisión del Gobierno flamenco por la que se regula el régimen de alquiler social en desarrollo del título VII del Código Flamenco de la Vivienda), de 12 de octubre de 2007.
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1 DO C 318 de 25.9.2017.