Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale di Vicenza (Italia) el 15 de noviembre de 2019 — Ministero della Giustizia, Repubblica italiana
(Asunto C-834/19)
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunale di Vicenza
Partes en el procedimiento principal
Demandante: AV
Demandadas: Ministero della Giustizia, Repubblica italiana
Cuestión prejudicial
¿Es contraria a la realización del efecto útil de las Directivas 1997/81/CE 1 y 1999/70/CE 2 una práctica nacional que excluye del concepto de «trabajador a tiempo parcial» contemplado en la cláusula 2 del Acuerdo marco anexo a la Directiva 1997/81/CE y del concepto de «trabajador con contrato de duración determinada» contemplado en la cláusula 2 del Acuerdo marco anexo a la Directiva 1999/70/CE a los jueces honorarios de tribunal que desarrollan su actividad laboral conforme a las modalidades antes expuestas, que caracterizan el servicio prestado por AV?
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1 Directiva 97/81/CE del Consejo, de 15 de diciembre de 1997, relativa al Acuerdo marco sobre el trabajo a tiempo parcial concluido por la UNICE, el CEEP y la CES — Anexo: Acuerdo marco sobre el trabajo a tiempo parcial (DO 1998, L 14, p. 9).
2 Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada (DO 1999, L 175, p. 43).