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Recurso de casación interpuesto el 12 de diciembre de 2018 por la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea contra la sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) dictada el 3 de Octubre de 2018 en el asunto T-313/17, Wajos GmbH / Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea

(Asunto C-783/18 P)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: D. Hanf, agente)

Otra parte en el procedimiento: Wajos GmbH

Pretensiones de la parte recurrente

La recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule la Sentencia recurrida.

Condene a Wajos GmbH a cargar con las costas ocasionadas a la EUIPO.

Motivos y principales alegaciones

Según la EUIPO, la sentencia recurrida contraviene el artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.º 207/2009, 1 por cuanto que el Tribunal General, en la apreciación del carácter distintivo de la marca controvertida, se basó en un criterio de control erróneo, no tuvo en cuenta los criterios pertinentes y aplicó, además, criterios de valoración erróneos.

La EUIPO aduce que la sentencia recurrida infringe también los artículos 36 y 53, apartado 1, del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ya que no permite ni a la recurrente ni al Tribunal de Justicia entender cómo llegó el Tribunal General a la conclusión del «carácter extraordinario, teniendo en cuenta los usos del sector» de la forma de la marca controvertida.

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1 Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO 2009, L 78, p. 1)