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Recurso de casación interpuesto el 23 de noviembre de 2018 por Bank for Development and Foreign Economic Affairs (Vnesheconombank) contra la sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) dictada el 13 de septiembre de 2018 en el asunto T-737/14, Vnesheconombank (VEB) / Consejo

(Asunto C-731/18 P)

Lengua de procedimiento: español

Partes

Recurrente: Bank for Development and Foreign Economic Affairs (Vnesheconombank) (representantes: J. Viñals Camallonga y J. Iriarte Ángel, abogados)

Otras partes en el procedimiento:

Consejo de la Unión Europea,

Comisión Europea

Pretensiones

Que se anule la sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 13 de septiembre de 2018 en el asunto T-737/14

Que se resuelva definitivamente el pleito en el sentido de admitir las pretensiones solicitadas por la demandante, ahora recurrente, en el litigio de instancia; es decir, que anule el artículo 1 de la Decisión 2014/512/PESC1 , de 31 de julio de 2014, el artículo 5 del Reglamento (UE) 833/20142 , de 31 de julio de 2014, el nuevo artículo 1 según la Decisión 2014/659/PESC3 , de 8 de septiembre de 2014, y el nuevo artículo 5 según el Reglamento (UE) 960/20144 , de 8 de septiembre de 2014, en cuanto a VEB atañen y se proceda a excluir su nombre de los respectivos anexos de las citadas disposiciones en los que se incluye.

Que se condene al Consejo a cargar con las costas de ambas instancias.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte recurrente invoca cuatro motivos de casación:

Error de Derecho en cuanto que la sentencia sostiene erróneamente que el Consejo ha cumplido su obligación de motivar.

Error de Derecho al sostener la sentencia erróneamente que no existe un error manifiesto en la apreciación de los hechos en los que se fundamentan las disposiciones pertinentes de los actos impugnados. Lo que incide también en desviación de poder.

Error de Derecho al sostener la sentencia erróneamente que se ha respetado el derecho a la tutela judicial efectiva.

Error de Derecho al sostener la sentencia erróneamente que se ha respetado el derecho de propiedad de VEB. Lo que incide también en una vulneración del principio de igualdad.

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1     Decisión 2014/512/PESC del Consejo, de 31 de julio de 2014, relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DO 2014, L 229, p. 13)

2     Reglamento (UE) n ° 833/2014 del Consejo, de 31 de julio de 2014 , relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DO 2014, L 229, p. 1)

3     Decisión 2014/659/PESC del Consejo, de 8 de septiembre de 2014 , por la que se modifica la Decisión 2014/512/PESC relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DO 2014, L 271, p. 54)

4     Reglamento (UE) n °960/2014 del Consejo, de 8 de septiembre de 2014 , por el que se modifica el Reglamento (UE) n ° 833/2014 relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DO 2014, L 271, p. 3)