Language of document : ECLI:EU:F:2016:129

AUTO DEL TRIBUNAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
DE LA UNIÓN EUROPEA (Sala Tercera)

de 15 de junio de 2016

Asunto F‑55/12

Hilke Riemer-Sullivan

contra

Comisión Europea

«Función pública — Funcionarios — Pensiones — Transferencia de los derechos a pensión nacionales — Propuestas de bonificación de anualidades — Acto no lesivo — Inadmisibilidad del recurso — Causa de inadmisión por motivos de orden público — Artículo 82 del Reglamento de Procedimiento»

Objeto:      Recurso interpuesto con arreglo al artículo 270 TFUE, aplicable al Tratado CEEA en virtud de su artículo 106 bis, en virtud del cual la Sra. Hilke Riemer-Sullivan solicita la anulación de la decisión de 6 de marzo de 2012 por la que la autoridad facultada para proceder a los nombramientos de la Comisión Europea desestima su reclamación contra las «decisiones» por las que se fijan las bonificaciones, en el régimen de pensiones de la Unión Europea, de sus derechos a pensión adquiridos en el marco de dos regímenes de pensiones alemanes y, en cuanto sea necesario, la anulación de las «decisiones» de 7 de noviembre de 2011, por las que se calculan dichas bonificaciones.

Resultado:      Se desestima el recurso. La Sra. Hilke Riemer-Sullivan cargará con sus propias costas y con las costas de la Comisión Europea.

Sumario

1.      Procedimiento judicial — Recurso ante el Tribunal de la Función Pública — Parte demandante que no ha solicitado al Tribunal que dicte una sentencia en rebeldía — Consideración de las respuestas de la institución a una diligencia de ordenación del procedimiento — Escrito de contestación presentado fuera del plazo impartido — Irrelevancia

2.      Recursos de funcionarios — Acto lesivo — Concepto — Propuesta de bonificación de anualidades con vistas a la transferencia al régimen de la Unión de los derechos a pensión adquiridos antes de la incorporación al servicio de la Unión — Exclusión

(Estatuto de los Funcionarios, art. 91, ap. 1, y anexo VIII, art. 11, ap. 2)

1.      Cuando una parte demandante no haya solicitado al Tribunal de la Función Pública, en ningún momento del procedimiento, que dicte una sentencia estimatoria en rebeldía, deberán tenerse en cuenta las respuestas de la institución a una diligencia de ordenación del procedimiento, aun cuando esta institución no haya presentado su escrito de contestación en el plazo impartido.

(véase el apartado 12)

Referencia:

Tribunal General: sentencias de 13 de octubre de 2015, Comisión/Verile y Gjergji, T‑104/14 P, EU:T:2015:776, y Teughels/Comisión, T‑131/14 P, EU:T:2015:778

2.      Las pretensiones anulatorias de una propuesta de bonificación de anualidades con vistas a la transferencia al régimen de pensiones de la Unión Europea de los derechos a pensión adquiridos en otro sistema han de interpretarse en el sentido de que tienen por objeto la anulación de la decisión final por la que se reconoce una bonificación de anualidades de pensión si, por un lado, las partes convienen en que el interesado dio su consentimiento a la continuación del procedimiento de transferencia de sus derechos a pensión adquiridos previamente a su entrada en funciones, expresando su acuerdo con la propuesta que le había sido sometida y, por otro lado, si esta decisión final había sido adoptada antes de la interposición del recurso ante el juez de la Unión.

Cuando las decisiones finales por las que se reconocen bonificaciones de anualidades de pensión resultantes de derechos a pensión adquiridos por la parte demandante en dos regímenes de pensiones nacionales han sido adoptadas con posterioridad a la interposición del recurso, éste no puede ser recalificado como un recurso dirigido contra estas dos decisiones finales y debe ser declarado inadmisible, puesto que está dirigido contra actos no lesivos.

(véanse los apartados 22 a 24)

Referencia:

Tribunal General: sentencias de 13 de octubre de 2015, Comisión/Verile y Gjergji, T‑104/14 P, EU:T:2015:776, apartados 62, 110 y 120, y Teughels/Comisión, T‑131/14 P, EU:T:2015:778, apartado 58