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Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Apelacyjny w Warszawie (Polonia) el 30 de octubre de 2019 — SM przeciwko Mittelbayerischer Verlag KG

(Asunto C-800/19)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Apelacyjny w Warszawie

Partes en el procedimiento principal

Demandante: SM

Demandada: Mittelbayerischer Verlag KG

Cuestiones prejudiciales

1)    ¿Debe interpretarse el artículo 7, punto 2, del Reglamento (UE) n.º 1215/2012 1 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil en el sentido de que la competencia internacional basada en el criterio del centro de intereses resulta aplicable a un litigio iniciado mediante una demanda de una persona física en defensa de sus derechos de la personalidad cuando la publicación digital que se señala como una acción lesiva de dichos derechos no contenga la información que directa o indirectamente afecte a una persona física concreta, aunque contenga información o afirmaciones que sugieran unas actuaciones reprobables de una colectividad a la que pertenece el demandante (en los antecedentes concretos de este litigio: la nación), hecho del que la parte demandante deduce la vulneración de sus derechos de la personalidad?

2)    En un litigio de defensa patrimonial y no patrimonial de los derechos de la personalidad frente a su vulneración en Internet, al examinar los fundamentos de la competencia internacional determinados en el artículo 7, punto 2, del Reglamento (UE) n.º 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, es decir, al apreciar si el órgano jurisdiccional nacional es el órgano jurisdiccional del lugar donde se haya producido o pueda producirse el hecho dañoso, ¿deben tomarse en consideración circunstancias como:

-    el círculo de los destinatarios a quienes se dirige principalmente el sitio de Internet en el que haya tenido lugar la vulneración,

-    el idioma en el que se hayan redactado ese sitio de Internet y la publicación controvertida,

-    el tiempo durante el cual la información haya estado disponible en Internet para los destinatarios,

-    las circunstancias individuales de la parte demandante, como los avatares de la guerra del demandante y su actividad social actual, invocadas en el procedimiento examinado como título de una legitimación especial para oponerse judicialmente a la difusión de imputaciones contra una colectividad, una comunidad, a la que pertenezca el demandante?

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1 DO 2012, L 351, p. 1.