Language of document :

Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation du Grand-Duché de Luxembourg (Luxemburgo) el 9 de marzo de 2020 — XI / Caisse pour l’avenir des enfants

(Asunto C-129/20)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Cour de cassation du Grand-Duché de Luxembourg

Partes en el procedimiento principal

Demandante: XI

Demandada: Caisse pour l’avenir des enfants

Cuestión prejudicial

¿Deben interpretarse las cláusulas 1, apartados 1 y 2, y 2, apartados 1 y 3, letra b), del Acuerdo Marco sobre el permiso parental celebrado el 14 de diciembre de 1995 por las organizaciones interprofesionales de carácter general UNICE, CEEP y CES, aplicado por la Directiva 96/34/CE 1 del Consejo, de 3 de junio de 1996, relativa al Acuerdo marco sobre el permiso parental celebrado por la UNICE, el CEEP y la CES, en el sentido de que se oponen a la aplicación de una disposición de Derecho interno como el artículo 29 bis de la loi modifiée du 16 avril 1979 fixant le statut général des fonctionnaires de l’État (Ley de 16 de abril de 1979, por la que se establece el Estatuto General de los Funcionarios del Estado, en su versión modificada), en la versión resultante de la Ley de 22 de diciembre de 2006 (Mémorial, A, 2006, n.º 242, p. 4838), que supedita la concesión del permiso parental al doble requisito de que, por un lado, el trabajador esté empleado legalmente en un puesto de trabajo y afiliado como tal a la seguridad social sin interrupción durante al menos doce meses seguidos inmediatamente antes del comienzo del permiso parental y de que, por otro lado, lo esté en el momento del nacimiento o de la acogida del menor o de los menores que vayan a ser adoptados, de tal modo que se exige que se cumpla este segundo requisito aunque el nacimiento o la acogida hayan tenido lugar más de doce meses antes del comienzo del permiso parental?

____________

1 DO 1996, L 145, p. 4.