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Petición de decisión prejudicial planteada por la Satversmes tiesa (Letonia) el 11 de junio de 2019 — B / Latvijas Republikas Saeima

(Asunto C-439/19)

Lengua de procedimiento: letón

Órgano jurisdiccional remitente

Satversmes tiesa

Partes en el procedimiento principal

Solicitante: B

Órgano autor del acto cuya constitucionalidad se discute: Latvijas Republikas Saeima

Cuestiones prejudiciales

¿Debe interpretarse el concepto de «tratamiento de datos personales relativos a condenas e infracciones penales o medidas de seguridad conexas», utilizado en el artículo 10 del Reglamento n.º 2016/679, 1 en el sentido de que comprende el tratamiento de información relativa a los puntos impuestos por infracciones de tráfico a los conductores previsto en la norma controvertida?

Con independencia de la respuesta a la primera cuestión, ¿puede interpretarse lo dispuesto en el Reglamento n.º 2016/679, en particular el principio de «integridad y confidencialidad» enunciado en su artículo 5, apartado 1, letra f), en el sentido de que prohíbe a los Estados miembros establecer que la información relativa a los puntos impuestos por infracciones de tráfico a los conductores sea accesible al público y permitir el tratamiento de los datos correspondientes mediante su comunicación?

¿Deben interpretarse los considerandos 50 y 154, los artículos 5, apartado 1, letra b), y 10 del Reglamento n.º 2016/679 y el artículo 1, apartado 2, letra c quater), de la Directiva 2003/98/CE 2 en el sentido de que se oponen a una normativa de un Estado miembro que permite la transmisión de la información relativa a los puntos impuestos por infracciones de tráfico a los conductores a efectos de su reutilización?

En caso de que se responda afirmativamente a alguna de las cuestiones anteriores, ¿deben interpretarse el principio de primacía del Derecho de la Unión y el principio de seguridad jurídica en el sentido de que podría estar permitido aplicar la norma controvertida y mantener sus efectos jurídicos hasta que la resolución definitiva que adopte el Tribunal Constitucional adquiera firmeza?

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1 Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DO 2016, L 119, p. 1).

2 Directiva 2003/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre de 2003, relativa a la reutilización de la información del sector público (DO 2003, L 345, p. 90).