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Recurso interpuesto el 26 de marzo de 2019 — Comisión Europea / Irlanda

(Asunto C-257/19)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: S.L. Kalèda, N. Yerrell, agentes)

Demandada: Irlanda

Pretensiones de la parte demandante

Que se declare que Irlanda ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 8, apartado 1, de la Directiva 2009/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, por la que se establecen los principios fundamentales que rigen la investigación de accidentes en el sector del transporte marítimo y se modifican las Directivas 1999/35/CE del Consejo y 2002/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, 1 al no crear un órgano de investigación independiente en su organización, estructura jurídica y toma de decisiones respecto de terceros cuyos intereses pudieran entrar en conflicto con el cometido que se le haya encomendado.

Que se condene en costas a Irlanda.

Motivos y principales alegaciones

Con arreglo al artículo 8, apartado 1, de la Directiva 2009/18/CE, los Estados miembros deben garantizar que las investigaciones de seguridad de siniestros e incidentes marítimos graves se lleven a cabo bajo la responsabilidad de un organismo de investigación permanente e imparcial. Para llevar a cabo la investigación de seguridad de una manera imparcial, el artículo 8, apartado 1, exige que el órgano de investigación sea independiente en su organización, estructura jurídica y toma de decisiones respecto de terceros cuyos intereses pudieran entrar en conflicto con el cometido que se le haya encomendado.

La Comisión considera que el Marine Casualty Investigation Board establecido por Irlanda no cumple este requisito, debido a que dos de sus cinco miembros también tienen responsabilidades generales de reglamentación y sanción respecto de la seguridad marítima de buques que enarbolan el pabellón irlandés y de las inspecciones de seguridad en aguas irlandesas.

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1 DO 2009, L 131, p. 114.