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Petición de decisión prejudicial presentada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (España) el 5 de agosto de 2020 – CZ / Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña (TEAR de Cataluña)

(Asunto C-366/20)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: CZ

Recurrido: Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña (TEAR de Cataluña)

Cuestiones prejudiciales

¿Se opone al Derecho Comunitario ― arts. 63 y 65 TFUE y a los principios fundamentales de libre circulación, igualdad de trato y no discriminación ― una norma nacional como el art. 39.2 [de la] Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 35/2006, de 28 de noviembre, en la redacción dada por el artículo 3. Dos de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, que califica como “ganancias de patrimonio no justificadas”, «en todo caso», a tributar en el período más antiguo de los no prescritos, cuando se incumple formalmente[,] o se hace extemporáneamente, la obligación de informar respecto de los bienes sito[s] o derechos y activos depositados en el extranjero a través del «Modelo 720», sin atender a la[s] reglas de prescripción previstas en la Ley General Tributaria 58/2003, salvo que se trat[e] de «rentas declaradas» o que procedan de períodos en los que no era residente tributario en España?

En el supuesto de que se conteste negativamente por considerarla proporcionada;

¿Se opone al Derecho Comunitario ― arts. 63 TFUE y 65 TFUE y a los principios fundamentales de libre circulación, igualdad de trato, no discriminación y proporcionalidad ― una norma nacional como el art. 39.2 [de la] Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 35/2006, de 28 de noviembre, para las anteriores consecuencias, el hecho de que tales rentas hayan sido declaradas extemporáneamente, pero antes de ningún tipo de procedimiento de comprobación iniciado y notificado ni haberse ejercitado ninguna solicitud de intercambio de información fiscal existiendo un mecanismo vigente para ello con el tercer Estado?

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