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Petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Amsterdam (Países Bajos) el 22 de agosto de 2019 — Openbaar Ministerie / YC

(Asunto C-626/19)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Rechtbank Amsterdam

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Openbaar Ministerie

Demandada: YC

Cuestiones prejudiciales

¿Puede ser considerado autoridad judicial emisora en el sentido del artículo 6, apartado 1, de la Decisión Marco 2002/584/JAI, 1 un fiscal que participa en la administración de justicia en el Estado miembro emisor, que actúa de forma independiente en el ejercicio de sus tareas inherentemente vinculadas a la emisión de una orden de detención europea y que ha emitido una ODE, si un órgano jurisdiccional del Estado miembro emisor ha examinado los requisitos de la emisión de una ODE y, en particular, la proporcionalidad de esta, con anterioridad a la decisión efectiva del fiscal de dictar la ODE?

En caso de respuesta negativa a la primera cuestión prejudicial, ¿se cumple el requisito de que la decisión del fiscal de dictar una ODE y, en particular, la proporcionalidad de esta, debe poder ser objeto de un recurso judicial que satisfaga plenamente las exigencias de la tutela judicial efectiva, en el sentido del apartado 75 de la sentencia del Tribunal de Justicia de 27 de mayo de 2019 (ECLI:EU:C:2019:456), si, tras su entrega efectiva, la persona reclamada dispone de una vía judicial en cuyo marco pueda invocarse ante el órgano jurisdiccional del Estado miembro emisor la nulidad de la ODE y en el que ese órgano jurisdiccional examine, entre otras cosas, la proporcionalidad de la decisión de dictar dicha ODE?

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1 Decisión Marco 2002/584/JAI del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros – Declaraciones realizadas por algunos Estados miembros con ocasión de la adopción de la Decisión marco (DO 2002, L 190, p. 1).