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Petición de decisión prejudicial planteada por el Wojewódzki Sąd Administracyjny w Gliwicach (Polonia) el 4 de diciembre de 2019 — A. / Dyrektor Krajowej Informacji Skarbowej

(Asunto C-895/19)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Wojewódzki Sąd Administracyjny w Gliwicach

Partes en el procedimiento principal

Demandante: A.

Parte contraria: Dyrektor Krajowej Informacji Skarbowej

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse el artículo 167 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, 1 en relación con el artículo 178 de esta, en el sentido de que se opone a las disposiciones del Derecho nacional, que condicionan el ejercicio del derecho a la deducción del impuesto soportado en el mismo período impositivo en el que deba liquidarse el impuesto devengado en relación con operaciones que constituyan una adquisición comunitaria de bienes a la declaración del impuesto devengado en concepto de estas operaciones en la correspondiente declaración tributaria, presentada dentro de un plazo preclusivo (en Polonia, de 3 meses) desde el transcurso del mes en el que nació la obligación tributaria respecto de los bienes y servicios adquiridos?

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1 DO 2006, L 347, p. 1.