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Petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein hallinto-oikeus (Finlandia) el 24 de junio de 2019 — Veronsaajien oikeudenvalvontayksikkö

(Asunto C-480/19)

Lengua de procedimiento: finés

Órgano jurisdiccional remitente

Korkein hallinto-oikeus

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: E

Otra parte: Veronsaajien oikeudenvalvontayksikkö

Cuestión prejudicial

¿Deben interpretarse los artículos 63 TFUE y 65 TFUE en el sentido de que se oponen a una interpretación nacional conforme a la cual, a los efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas, los rendimientos de una persona física residente en Finlandia procedentes de un organismo de inversión colectiva en valores mobiliarios en el sentido de la Directiva 2009/65/CE (Fondos OICVM en forma de sociedad de inversión), 1 domiciliado en otro Estado miembro de la Unión Europea y constituido en forma estatutaria, no se equiparan a los rendimientos procedentes de un fondo de inversión finlandés, constituido en forma contractual de conformidad con la misma Directiva (fondo OICVM en forma contractual), porque la forma jurídica del OICVM domiciliado en el otro Estado miembro no se corresponde con la estructura jurídica del fondo de inversión nacional?

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1 Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) (DO 2009, L 302, p. 32).