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Petición de decisión prejudicial planteada por la cour d’appel de Bruxelles (Bélgica) el 8 de febrero de 2019 — Viasat UK Ltd, Viasat Inc. / Institut belge des services postaux et des télécommunications (IBPT)

(Asunto C-100/19)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Cour d’appel de Bruxelles

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: Viasat UK Ltd, Viasat Inc.

Demandada: Institut belge des services postaux et des télécommunications (IBPT)

Coadyuvantes: Inmarsat Ventures Ltd c.o., Eutelsat SA

Cuestiones prejudiciales

1)    ¿Deben interpretarse el artículo 4, apartado 1, letra c), inciso ii), el artículo 7, apartado 1, y el artículo 8, apartado 1, de la Decisión n.º 626/2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de junio de 2008, relativa a la selección y autorización de sistemas que prestan servicios móviles por satélite (SMS) 1 en el sentido de que, cuando esté acreditado que el operador seleccionado con arreglo al título II de dicha Decisión no ha prestado servicios móviles por satélite mediante un sistema móvil por satélite antes de la fecha límite señalada en el artículo 4, apartado 1, letra c), inciso ii), de la citada Decisión, las autoridades competentes de los Estados miembros a las que se refiere el artículo 8, apartado 1, de tal Decisión deben denegar a dicho operador las autorizaciones para instalar componentes complementarios en tierra, debido al incumplimiento por su parte del compromiso que asumió en su solicitud?

2)    En caso de respuesta negativa a la primera cuestión prejudicial, ¿deben interpretarse las citadas disposiciones en el sentido de que, en esas mismas circunstancias, las autoridades competentes de los Estados miembros a las que se refiere el artículo 8, apartado 1, de la referida Decisión pueden denegar a dicho operador las autorizaciones para instalar componentes complementarios en tierra, debido que, el 13 de junio de 2016, no había cumplido el compromiso de cobertura?

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1 DO 2008, L 172, p. 15.