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Petición de decisión prejudicial planteada por la High Court (Irlanda) el 23 de abril de 2019 — KS, MHK / The International Protection Appeals Tribunal, the Minister for Justice and Equality, Ireland y the Attorney General

(Asunto C-322/19)

Lengua de procedimiento: inglés

Órgano jurisdiccional remitente

High Court (Irlanda)

Partes en el procedimiento principal

Recurrentes: KS, MHK

Recurridas: The International Protection Appeals Tribunal, the Minister for Justice and Equality, Ireland y the Attorney General

Cuestiones prejudiciales

Cuando, al interpretar un instrumento de Derecho de la Unión aplicable a un Estado miembro particular, al mismo tiempo se ha adoptado otro instrumento no aplicable a dicho Estado miembro, ¿puede tenerse en cuenta el segundo instrumento al interpretar el primero?

¿Es aplicable el artículo 15 de la Directiva 2013/33/UE, 1 Directiva de Acogida (texto refundido), a una persona sobre la cual se ha tomado una decisión de traslado con arreglo al Reglamento (UE) n.º 604/2013, 2 Reglamento Dublín III?

Al aplicar el artículo 15 de la Directiva 2013/33/UE, Directiva de Acogida (texto refundido), ¿están los Estados miembros facultados para adoptar una medida general en virtud de la cual se imputan a los solicitantes sujetos a un procedimiento de traslado con arreglo al Reglamento (UE) n.º 604/2013, Reglamento Dublín III, las eventuales demoras en la decisión de traslado o posteriores a ella?

Cuando un solicitante abandona un Estado miembro sin haber solicitado allí protección internacional y se desplaza a otro Estado miembro donde sí presenta la solicitud de protección internacional y es objeto de una decisión con arreglo al Reglamento (UE) n.º 604/2013, Reglamento Dublín III, por la que se le traslada al primer Estado miembro, ¿puede imputarse al solicitante, con arreglo al artículo 15 de la Directiva 2013/33/UE, Directiva de Acogida (texto refundido), la consiguiente demora en la tramitación de la solicitud de protección?

Cuando un solicitante es objeto de una decisión de traslado a otro Estado miembro con arreglo al Reglamento (UE) n.º 604/2013, Reglamento Dublín III, pero dicho traslado se demora debido a un procedimiento de recurso judicial iniciado por el solicitante, a raíz del cual se suspende el traslado en virtud de una resolución del órgano jurisdiccional, ¿puede imputarse al solicitante, con arreglo al artículo 15 de la Directiva 2013/33/UE, Directiva de Acogida (texto refundido), la consiguiente demora en la tramitación de la solicitud de protección, ya sea con carácter general o, en particular, cuando en el procedimiento se determina que el recurso es infundado, manifiestamente o no, o constituye un abuso procesal?

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1 Directiva 2013/33/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional (DO 2013, L 180, p. 96).

2 Reglamento (UE) n.º 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida (DO 2013, L 180, p. 31).