Language of document :

Petición de decisión prejudicial planteada por el Administrativen sad Varna (Bulgaria) el 22 de octubre de 2019 — «TEAM POWER EUROPE» EOOD/Direktor na Teritorialna direktsia na Natsionalna agentsia za prihodite — Varna

(Asunto C-784/19)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Administrativen sad Varna

Partes en el procedimiento principal

Demandante: «TEAM POWER EUROPE» EOOD

Demandada: Direktor na Teritorialna direktsia na Natsionalna agentsia za prihodite — Varna

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse el artículo 14, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 987/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, por el que se adoptan las normas de aplicación del Reglamento (CE) n.º 883/2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social, 1 en el sentido de que, para poder considerar que una empresa de trabajo temporal ejerce normalmente sus actividades en el Estado miembro en que está establecida, es necesario que desarrolle una parte sustancial de su actividad de cesión de trabajadores para cesionarios que estén establecidos en el mismo Estado miembro?

____________

1 DO 2009, L 284, p. 1.