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Petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Kehl (Alemania) el 28 de septiembre de 2018 — Proceso penal contra UY

(Asunto C-615/18)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Amtsgericht Kehl

Partes en el procedimiento principal

Staatsanwaltschaft Offenburg

contra

UY

Cuestiones prejudiciales

1)    ¿Debe interpretarse el Derecho de la Unión, en particular la Directiva 2012/13 1 y los artículos 21 TFUE, 45 TFUE, 49 TFUE y 56 TFUE, en el sentido de que se opone a una normativa de un Estado miembro que permite en un proceso penal ordenar al acusado, por el mero hecho de residir en otro Estado miembro, que nombre un representante a efectos de notificaciones para que reciba la notificación de un auto de autorización de decreto de propuesta de imposición de pena dirigido contra aquel, con la consecuencia de que el referido auto deviene firme, cumpliéndose así el requisito legal para la punibilidad de una posterior actuación del acusado (efecto de verificación del tipo delictivo), aunque este realmente no haya tenido noticia del citado auto y el conocimiento de dicho auto por parte del acusado no esté garantizado en la misma medida en que lo estaría en caso de habérsele notificado si el acusado tuviese su domicilio en el primer Estado miembro?

2)    En caso de respuesta negativa a la primera cuestión: ¿debe interpretarse el Derecho de la Unión, en particular la Directiva 2012/13 y los artículos 21 TFUE, 45 TFUE, 49 TFUE y 56 TFUE, en el sentido de que se opone a una normativa de un Estado miembro que permite en un proceso penal ordenar al acusado, por el mero hecho de residir en otro Estado miembro, que nombre un representante a efectos de notificaciones para que reciba la notificación de un auto de autorización de decreto de propuesta de imposición de pena dirigido contra aquel, con la consecuencia de que el referido auto deviene firme, cumpliéndose así el requisito legal para la punibilidad de una posterior actuación del acusado (efecto de verificación del tipo delictivo), y de que se impone al acusado, en relación con el enjuiciamiento de ese delito, una obligación subjetivamente más gravosa de encargarse de informarse efectivamente del auto de autorización de decreto de propuesta de imposición de pena, en comparación con la que le incumbiría si tuviese su residencia en el primer Estado miembro, de manera que se posibilita el ejercicio de acciones penales por negligencia del acusado?

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1 Directiva 2012/13/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativa al derecho a la información en los procesos penales (DO 2012, L 142, p. 1).