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Recurso de casación interpuesto el 26 de febrero de 2020 por la República Helénica contra la sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) dictada el 19 de diciembre de 2019 en el asunto T-295/18, República Helénica / Comisión Europea

(Asunto C-107/20 P)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Recurrente: República Helénica (representantes: E. Tsaousi, A. Vasilopoulou y E. Krompa, agentes)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones de la parte recurrente

-    La recurrente solicita que estime su recurso de casación y anule la sentencia recurrida, dictada por el Tribunal General de la Unión Europea el 19 de diciembre de 2019, en el asunto Τ-295/18, que desestimó el recurso interpuesto por la República Helénica el 7 de mayo de 2018 contra la Decisión de Ejecución (UE) 2018/304 de la Comisión de 27 de febrero de 2018, mediante el cual se solicitaba la anulación de la Decisión de la Comisión en la parte en que excluye de la financiación de la Unión Europea los gastos efectuados por la República Helénica por un importe global (bruto) de 17 869 131,75 euros (impacto financiero de 14 857 076,98 euros), efectuados y declarados en el marco del Feader en relación con las medidas 125A, 321 y 322 (importe bruto de 15 631 043,52 euros e impacto financiero de 12 618 988,75 euros) y con la medida 123A (por un importe de 2 238 088,23 euros), así como de la cantidad de 588 103,59 euros en el marco del FEAGA a raíz de la medida de control de las operaciones durante los ejercicios económicos 2011-2014.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso de casación, la recurrente invoca seis motivos de recurso.

Los cinco primeros motivos de casación tienen por objeto la desestimación de los motivos de anulación de las correcciones impuestas a los gastos del Feader.

Primer motivo, basado en la interpretación y aplicación erróneas del artículo 52, apartado 4, del Reglamento (UE) n.º 1306/2013, la desnaturalización del contenido del recurso y del Anexo A23 de este y en la motivación insuficiente y errónea de la sentencia recurrida.

Segundo motivo, basado en que la sentencia recurrida debe ser anulada por falta de motivación, por interpretación y aplicación erróneas del principio ne bis in idem y en que el Tribunal General no se pronunció acerca de las alegaciones de la República Helénica relativas a la violación por parte de la Comisión de los principios de seguridad jurídica, de buena administración, de protección de las expectativas legítimas y de proporcionalidad, infringiendo el artículo 76 del Reglamento de Procedimiento.

Tercer motivo, basado en la interpretación y aplicación erróneas de los artículos 71, apartados 2 y 3, y 75 del Reglamento (CE) n.º 1698/2005, del artículo 43 del Reglamento (CE) n.º 1974/2006, y del artículo 24, apartado 2, letra b), del Reglamento (UE) n.º 65/2011, así como, por lo que respecta a la desestimación del tercer motivo del recurso, en una motivación insuficiente y errónea.

Cuarto motivo, basado en una interpretación y aplicación erróneas del artículo 296 TFUE, en relación con los artículos 36 y 40 del Reglamento de Ejecución 908/2014, así como en una motivación insuficiente, errónea y contradictoria de la sentencia recurrida y en la desestimación de la violación de los principios de proporcionalidad y de buena administración por parte de la Comisión.

Quinto motivo, basado en que el Tribunal General no se pronunció acerca de las alegaciones formuladas por la República Helénica sobre la violación por parte de la Comisión del principio de proporcionalidad por lo que atañe a la imposición de la corrección financiera en las medidas 321, 322 y 123A, en infracción del artículo 76 del Reglamento de Procedimiento.

El sexto motivo tiene por objeto la desestimación de los motivos de anulación de la corrección impuesta a los gastos del FEAGA y se basa, con arreglo al artículo 296 TFUE, en la aplicación errónea del requisito de motivación, en la desnaturalización del contenido del informe de síntesis y en la motivación insuficiente.

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