Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 19 de diciembre de 2019 — Direcţia Generală Regională a Finanţelor Publice Bucureşti
(Asunto C‑679/19) (1)
«Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Control de la entrada o la salida de dinero en efectivo de la Unión Europea — Reglamento (CE) n.º 1889/2005 — Ámbito de aplicación — Artículos 63 y 65 TFUE — Libre circulación de capitales — Transporte de importantes cantidades de dinero en efectivo al entrar o al salir del territorio de un Estado miembro — Obligación de declaración — Sanciones — Multa y decomiso en favor del Estado de la cantidad no declarada superior a 10 000 euros — Proporcionalidad»
1. Libre circulación de capitales y libertad de pagos — Controles de la entrada o la salida de dinero en efectivo de la Unión Europea — Reglamento (CE) n.º 1889/2005 — Obligación de declaración — Alcance — Posibilidad de que los Estados miembros realicen controles nacionales de los movimientos de dinero efectivo dentro de la Unión — Procedencia
[Art. 65 TFUE; Reglamento (CE) n.º 1889/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, considerando 3 y arts. 1, ap. 2, y 3, ap. 1]
(véanse los apartados 21, 22, 24 y 25)
2. Libre circulación de capitales y libertad de pagos — Restricciones — Obligación de declarar sumas elevadas de dinero efectivo que entren en el territorio de un Estado miembro o salgan de él — Normativa nacional que establece una multa y el decomiso de la cantidad no declarada superior a 10 000 euros en caso de incumplimiento de dicha obligación — Violación del principio de proporcionalidad — Improcedencia
[Arts. 63 y 65 TFUE; Reglamento (CE) n.º 1889/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, arts. 3 y 9, ap. 1]
(véanse los apartados 34 a 39 y el fallo)
Fallo
Los artículos 63 TFUE y 65 TFUE deben interpretarse en el sentido de que se oponen a la normativa de un Estado miembro que, a efectos de sancionar el incumplimiento de la obligación de declarar cantidades importantes de dinero en efectivo al entrar o al salir de su territorio, además de la imposición de una multa administrativa establece el decomiso en favor del Estado de la cantidad no declarada cuando sea superior a 10 000 euros.