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Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal da Relação do Porto (Portugal) el 2 de noviembre de 2015 — Alberto José Vieira Azevedo y otros / CED Portugal Unipessoal, Lda, Instituto de Seguros de Portugal — Fundo de Garantia Automóvel

(Asunto C-558/15)

Lengua de procedimiento: portugués

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal da Relação do Porto

Partes en el procedimiento principal

Recurrentes: Alberto José Vieira Azevedo, Maria da Conceição Ferreira da Silva, Carlos Manuel Ferreira Alves, Rui Dinis Ferreira Alves, Vítor José Ferreira Alves

Recurrida: CED Portugal Unipessoal, Lda, Instituto de Seguros de Portugal — Fundo de Garantia Automóvel

Parte interveniente: Instituto de Seguros de Portugal — Fundo de Acidentes de Trabalho

Cuestiones prejudiciales

La Cuarta Directiva sobre el seguro de vehículos automóviles (Directiva 2000/26/CE, 1 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de mayo de 2000, en la redacción que le dio la Directiva 2005/14/CE, 2 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005), y concretamente su considerando 16 bis y su artículo 4, habida cuenta en su integridad de los apartados 4, 5 y 8 de ese mismo artículo 4 (transpuestos en el Derecho portugués por el artículo 43 del Decreto-ley n.º 522/85, de 31 de diciembre, en la redacción que le dio el Decreto-ley nº 72-A/2003, de 14 de abril), ¿permiten que se demande al representante de una entidad aseguradora que no opera en el país en el que se ejercita una acción judicial de indemnización por accidente de tráfico con base en el seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor concertado en otro país de la Unión Europea?

En caso de respuesta afirmativa, ¿la mencionada posibilidad de demandar al representante depende de los términos concretos del mandato de representación que vincula a dicho representante con la entidad aseguradora?

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1 Directiva 2000/26/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de mayo de 2000, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el seguro de responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos automóviles y por la que se modifican las Directivas 73/239/CEE y 88/357/CEE del Consejo (Cuarta Directiva sobre el seguro de vehículos automóviles) (DO L 181, p. 65).

2 Directiva 2005/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005, por la que se modifican las Directivas 72/166/CEE, 84/5/CEE, 88/357/CEE y 90/232/CEE del Consejo y la Directiva 2000/26/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativas al seguro de responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos automóviles (DO L 149, p. 14).