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Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 10 de septiembre de 2009 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Social nº 23 de Madrid) - Francisco Vicente Pereda / Madrid Movilidad, S.A.

(Asunto C-277/08) 1

(Directiva 2003/88/CE - Ordenación del tiempo de trabajo - Derecho a vacaciones anuales retribuidas - Incapacidad temporal - Vacaciones anuales que coinciden con una incapacidad temporal - Derecho a disfrutar las vacaciones anuales en otro período)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Juzgado de lo Social de Madrid

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Francisco Vicente Pereda

Demandada: Madrid Movilidad, S.A.

Objeto

Petición de decisión prejudicial - Juzgado de lo Social de Madrid - Interpretación del artículo 7, apartado 1, de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo (DO L 299, p. 9) - Trabajador en incapacidad temporal durante el período de vacaciones anuales fijado por la empresa, a causa de un accidente de trabajo acaecido antes de las vacaciones anuales - Derecho del trabajador a disfrutar las vacaciones anuales en un período diferente.

Fallo

El artículo 7, apartado 1, de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, debe interpretarse en el sentido de que se opone a disposiciones nacionales o convenios colectivos que establezcan que un trabajador que se encuentre en situación de incapacidad temporal durante el período de vacaciones anuales fijado en el calendario de vacaciones de la empresa en la que está contratado no tiene derecho, una vez dado de alta médica, a disfrutar sus vacaciones anuales en un período distinto del fijado inicialmente, en su caso fuera del período de referencia de que se trate.

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1 - DO C 223, de 30.8.2008.