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Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale di Firenze (Italia) el 25 de octubre de 2010 - Denise Bernardi, representada legalmente por Katia Mecacci / Fabio Bernardi

(Asunto C-507/10)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunale di Firenze

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Denise Bernardi, representada legalmente por Katia Mecacci

Demandada: Fabio Bernardi

Cuestión prejudicial

Los artículos 2, 3 y 8 de la Decisión marco 2001/220/JAI, de 15 de marzo de 2001, relativa al estatuto de la víctima en el proceso penal, 1 ¿deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa nacional como la del artículo 392, apartado 1 bis, del codice di procedura penale [Ley de Enjuiciamiento Criminal] italiano, en la medida en que no impone al Ministerio Fiscal la obligación de solicitar que se oiga y se tome declaración a la persona ofendida y víctima menor de edad mediante incidente probatorio antes de la fase oral del proceso, así como la del artículo 394 del codice di procedura penale, que no prevé la posibilidad de que la propia persona ofendida y víctima menor de edad recurra judicialmente la resolución denegatoria del Ministerio Fiscal de su solicitud de ser oída mediante el adecuado incidente probatorio?

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1 - DO L 82, p. 1.