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Petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Karlsruhe (Alemania) el 18 de julio de 2013 – Barbara Huber / Manfred Huber

(Asunto C-408/13)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Amtsgericht Karlsruhe

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Barbara Huber

Demandada: Manfred Huber

Cuestión prejudicial

¿Es compatible con el artículo 3, letras a) y b), del Reglamento (CE) nº 4/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos, 1

que en el artículo 28, apartado 1, primera frase, de la Gesetz zur Geltendmachung von Unterhaltsansprüchen im Verkehr mit ausländischen Staaten (Ley sobre cobro internacional de pensiones alimenticias; en lo sucesivo, «AUG»), se establezca

que, cuando una de las partes no tenga su residencia habitual en el territorio nacional, en los casos contemplados en el artículo 3, letras a) y b), del Reglamento (CE) nº 4/2009, será exclusivamente competente para resolver en materia de obligación de alimentos el tribunal de primera instancia de la sede del tribunal regional superior en cuya circunscripción tengan su residencia habitual la parte demandada o el acreedor de alimentos?

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1 DO L 7, p. 1.