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Petición de decisión prejudicial presentada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco (España) el 9 de marzo de 2015 – Confederación Sindical ELA y Juan Manuel Martínez Sánchez / Aquarbe S.A.U. y Consorcio de Aguas de Busturialdea

(Asunto C-118/15)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: Confederación Sindical ELA y Juan Manuel Martínez Sánchez

Demandadas: Aquarbe S.A.U. y Consorcio de Aguas de Busturialdea

Cuestión prejudicial

El art. 1.b) de la Directiva 2001/23/CE1 , del Consejo, de 12 de marzo de 2001, en relación con su art. 4.1, ¿se opone a una interpretación de la legislación española destinada a darle efectividad, que excluya el deber de subrogación por el hecho de que una empresa del sector público, titular de un servicio inherente a su propia actividad y que precisa relevantes medios materiales, que ha venido realizando mediante contrata, imponiendo al contratista el uso de esos medios de su propiedad, decide no prorrogar la contrata y asumir directamente su realización, valiéndose de personal propio, excluyendo a priori al que la contratista empleaba, de tal modo que el servicio se sigue llevando a cabo sin más cambio que el que proviene de la sustitución de los trabajadores que desarrollan la actividad, y su sujeción a un empresario diferente?

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1     Sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas al mantenimiento de los derechos de los trabajadores en caso de traspasos de empresas, de centros de actividad o de partes de empresas o de centros de actividad.

    DO L 82, p. 16