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Petición de decisión prejudicial presentada por el Juzgado Contencioso-Administrativo de Oviedo (España) el 27 de noviembre de 2015 – Carlos Álvarez Santirso / Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Principado de Asturias

(Asunto C-631/15)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Juzgado Contencioso-Administrativo de Oviedo

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Carlos Álvarez Santirso

Demandada: Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Principado de Asturias

Cuestión prejudicial

¿La cláusula 4 del Acuerdo marco al que se remite la Directiva 1999/70/CE1 del Consejo, de 28 de junio de 1999 sobre el trabajo de duración determinada, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa regional como la Ley del Principado de Asturias 6/2009 de 29 de diciembre de evaluación de la función pública docente y sus incentivos que en su art. 2 establece como requisito para poder ser incluido en el Plan de evaluación (y por ende percibir los incentivos económicos ligados a ello) el tener la condición de funcionario de carrera excluyendo por tanto a los funcionarios interinos?

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1     Del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada

    DO L 175, p. 43