Petición de decisión prejudicial presentada por el Juzgado Contencioso-Administrativo de Oviedo (España) el 27 de noviembre de 2015 – Carlos Álvarez Santirso / Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Principado de Asturias
(Asunto C-631/15)
Lengua de procedimiento: español
Órgano jurisdiccional remitente
Juzgado Contencioso-Administrativo de Oviedo
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Carlos Álvarez Santirso
Demandada: Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Principado de Asturias
Cuestión prejudicial
¿La cláusula 4 del Acuerdo marco al que se remite la Directiva 1999/70/CE1 del Consejo, de 28 de junio de 1999 sobre el trabajo de duración determinada, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa regional como la Ley del Principado de Asturias 6/2009 de 29 de diciembre de evaluación de la función pública docente y sus incentivos que en su art. 2 establece como requisito para poder ser incluido en el Plan de evaluación (y por ende percibir los incentivos económicos ligados a ello) el tener la condición de funcionario de carrera excluyendo por tanto a los funcionarios interinos?
____________1 Del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada
DO L 175, p. 43