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Petición de decisión prejudicial planteada por el Handelsgericht Wien (Austria) el 3 de junio de 2010 - Martin Luksan / Petrus van der Let

(Asunto C-277/10)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Handelsgericht Wien

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Martin Luksan

Demandada: Petrus van der Let

Cuestiones prejudiciales

1)    Las disposiciones del Derecho de la Unión en materia de derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor -en particular, el artículo 2, apartados 2, 5 y 6, de la Directiva 92/100/CEE, 1 el artículo 1, apartado 5, de la Directiva 93/83/CEE, 2 y el artículo 2, apartado 1, de la Directiva 93/98/CEE, 3 en relación con el artículo 4 de la Directiva 92/100/CEE, el artículo 2 de la Directiva 93/83/CEE, en relación con el artículo 4 de la Directiva 92/100/CEE, el artículo 2 de la Directiva 93/83/CEE y los artículos 2 y 3, así como 5, apartado 2, letra b), de la Directiva 2001/29/CE 4- ¿deben interpretarse en el sentido de que los derechos de explotación de la reproducción, la radiodifusión por satélite y cualquier otra comunicación mediante la puesta a disposición del público, corresponden siempre por ley de manera directa (originaria) al director principal de una obra cinematográfica o audiovisual o a otras personas determinadas por los legisladores de los Estados miembros que pueden ser consideradas también autores de la película, y de que no corresponden de manera directa (originaria) y exclusiva al productor de la película? ¿Son contrarias al Derecho de la Unión Europea las normas de los Estados miembros que por ley atribuyen los derechos de explotación de manera directa (originaria) y exclusiva al productor de la película?

En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión:

2a)    Por lo que respecta a los derechos de explotación en el sentido del punto 1, pertenecientes al director principal de una obra cinematográfica o audiovisual o a otras personas determinadas por los legisladores de los Estados miembros que pueden ser consideradas también autores de la película, ¿pueden los legisladores de los Estados miembros, con arreglo al Derecho de la Unión, establecer también en lo relativo a derechos distintos del derecho de alquiler y préstamo una presunción legal de cesión de tales derechos al productor de la película y, en caso de respuesta afirmativa, han de observarse las condiciones previstas en el artículo 2, apartados 5 y 6, de la Directiva 92/100/CEE, en relación con el artículo 4 de la citada Directiva?

2b)    ¿Debe aplicarse la titularidad originaria del director principal de una obra cinematográfica o audiovisual o de otras personas determinadas por los legisladores de los Estados miembros que pueden ser consideradas también autores de la película al derecho a percibir una remuneración equitativa, como el llamado canon por cintas vírgenes del artículo 42, letra b), de la Ley austriaca sobre derechos de autor (en lo sucesivo, "UrhG"), o al derecho a una compensación equitativa en el sentido del artículo 5, apartado 2, letra b), de la Directiva 2001/29/CE?

En caso de respuesta afirmativa a la segunda cuestión, letra b):

3)    Por lo que respecta a los derechos de explotación en el sentido del punto 2 pertenecientes al director principal de una obra cinematográfica o audiovisual o a otras personas determinadas por los legisladores de los Estados miembros que pueden ser consideradas también autores de la película, ¿pueden los legisladores de los Estados miembros establecer, de conformidad con el Derecho de la Unión, una presunción legal de cesión de tales derechos de remuneración al productor de la película y, en caso de respuesta afirmativa, han de observarse las condiciones previstas en el artículo 2, apartados 5 y 6, de la Directiva 92/100/CEE, en relación con el artículo 4 de la citada Directiva?

En caso de respuesta afirmativa a la tercera cuestión:

4)    ¿Es compatible con las disposiciones antes citadas del Derecho de la Unión Europea en materia de derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor el régimen previsto en una ley de un Estado miembro según el cual si bien el director principal de una obra cinematográfica o audiovisual u otras personas determinadas por los legisladores de los Estados miembros que pueden ser consideradas también autores de la película tienen derecho a la mitad de los derechos legales de remuneración, este derecho es voluntario por lo que puede renunciarse a él?

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1 - Directiva 92/100/CEE, sobre derechos de alquiler y préstamo y otros derechos afines a los derechos de autor en el ámbito de la propiedad intelectual (DO L 346, p. 61).

2 - Directiva 93/83/CE, sobre coordinación de determinadas disposiciones relativas a los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en el ámbito de la radiodifusión por satélite y de la distribución por cable (DO L 248, p. 15).

3 - Directiva 93/98/CEE, relativa a la armonización del plazo de protección del derecho de autor y de determinados derechos afines (DO L 372, p. 12).

4 - Directiva 2001/2988/CE, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información (DO L 167, p. 10).