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Petición de decisión prejudicial presentada por el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de Ourense (España) el 2 de noviembre de 2012 - Vueling Airlines S.A. / Instituto Galego de Consumo de la Xunta de Galicia

(Asunto C-487/12)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de Ourense

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Vueling Airlines S.A.

Demandada: Instituto Galego de Consumo de la Xunta de Galicia

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse el artículo 22, apartado 1, del Reglamento (CE) nº 1008/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de septiembre de 2008, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad, en el sentido de que se opone a una norma nacional (artículo 97 de la Ley 48/1960 de Navegación Aérea) que obliga a las compañías de transporte aéreo de viajeros a reconocerles en todo caso a los pasajeros el derecho a facturar una maleta sin sobrecoste, ni recargo en el precio base del billete contratado?

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1 - DO L 293, p. 3