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Petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State (Países Bajos) el 11 junio de 2018 — Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid / E.P.

(Asunto C-380/18)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Raad van State

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid

Demandada: E.P.

Cuestiones prejudiciales

¿Debe interpretarse el artículo 6, apartado 1, inicio y letra c), del Reglamento (UE) n.º 2016/399/CE 1 […] en el sentido de que, para declarar que la estancia autorizada de una duración que no exceda de 90 días dentro de cualquier período de 180 días ha finalizado porque el extranjero supone una amenaza para el orden público, debe justificarse que la conducta personal del extranjero en cuestión constituye una amenaza real, actual y suficientemente grave para un interés fundamental de la sociedad?

En caso de respuesta negativa a la cuestión 1, ¿qué requisitos deben cumplirse de conformidad con artículo 6, apartado 1, inicio y letra e), del Reglamento (UE) n.º 2016/399/CE […] para justificar que un extranjero supone una amenaza para el orden público?

¿Debe interpretarse el artículo 6, apartado 1, inicio y letra e), del Reglamento (UE) n.º 2016/399/CE […] en el sentido de que se opone a una práctica nacional en virtud de la cual se considera que un extranjero supone una amenaza para el orden público por el mero hecho de que consta que el extranjero en cuestión es sospechoso de la comisión de una infracción?

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1 Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras de Schengen) (DO 2016, L 77, p. 1).