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Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Mureș (Rumanía) el 8 de mayo de 2015 — ENEFI Energiahatekonysagi Nyrt / Direcția Generală Regională a Finanțelor Publice Brașov (DGRFP) Brașov — Administrația Județeană a Finanțelor Publice Mureș

(Asunto C-212/15)

Lengua de procedimiento: rumano

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunalul Mureș

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: ENEFI Energiahatekonysagi Nyrt

Recurrida: Direcția Generală Regională a Finanțelor Publice Brașov (DGRFP) Brașov

Cuestiones prejudiciales

En la interpretación del artículo 4, apartados 1 y 2, letras f), y k), del Reglamento (CE) nº 1346/2000 del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre procedimientos de insolvencia, 1 que se precise si entre los efectos del procedimiento de insolvencia regulados por la ley del Estado de apertura del procedimiento de insolvencia puede incluirse la caducidad del derecho de un acreedor que no ha participado en el procedimiento de insolvencia a exigir su crédito en otro Estado miembro o la suspensión de la ejecución forzosa de dicho crédito en ese otro Estado miembro.Si presenta relevancia el hecho de que el crédito exigido por vía ejecutiva en otro Estado miembro distinto del de apertura [del procedimiento de insolvencia] sea de naturaleza fiscal.

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1 DO L 160, p. 1.