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Petición de decisión prejudicial planteada por la Înalta Curte de Casație și Justiție (Rumanía) el 20 de abril de 2015 — Taser International Inc. / SC Gate 4 Business SRL, Cristian Mircea Anastasiu

(Asunto C-175/15)

Lengua de procedimiento: rumano

Órgano jurisdiccional remitente

Înalta Curte de Casație și Justiție

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Taser International Inc.

Demandados: SC Gate 4 Business SRL y Cristian Mircea Anastasiu

Cuestiones prejudiciales

¿Debe interpretarse el artículo 24 del Reglamento (CE) nº 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, en el sentido de que entre los «casos en los que su competencia resultare de otras disposiciones del presente Reglamento» se incluye también aquél en el que las partes en un contrato de cesión de los derechos sobre una marca registrada en un Estado miembro de la U

ución, por vía judicial, de la obl

igación –asumida mediante un contrato celebrado entre las partes en dicho litigio– de ceder los derechos sobre una marca registrada en un Estado miembro de la Unión Europea ¿puede considerarse que tiene por objeto un derecho «sometido[…] a depósito o registro», en el sentido del artículo 22, número 4, del referido Reglamento, habida cuenta de que la cesión de los derechos sobre una marca está sujeta, según la legislación del Estado e

n el que la marca fue registrada, a inscripción en el Registro de las Marcas y a publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial?En caso de respuesta negativa ¿se opone el artículo 24 de tal Reglamento a que, en una situación como la descrita en la cuestión prejudicial formulada a modo de premisa, el tribunal ante el que se ha presentado la demanda conforme al artículo 2 de dicho Reglamento se declare incompetente para resolver el litigio aun cuando el demandado haya comparecido ante tal tribunal, inclusive en última instancia, sin impugnar la competencia?