Petición de decisión prejudicial planteada por el Hof van Cassatie van België (Bélgica) el 20 de abril de 2012 - United Antwerp Maritime Agencies (UNAMAR) NV / Navigation Maritime Bulgare
(Asunto C-184/12)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Hof van Cassatie van België
Partes en el procedimiento principal
Demandante: United Antwerp Maritime Agencies (UNAMAR) NV
Demandada: Navigation Maritime Bulgare
Cuestión prejudicial
Habida cuenta de la calificación, conforme al Derecho belga, de los artículos controvertidos 18, 20 y 21 de la Wet betreffende de handelsagentuurovereenkomst (Ley relativa al contrato de agencia comercial) de 13 de abril de 1995 como disposiciones de Derecho imperativo especial, en el sentido del artículo 7, apartado 2, del Convenio de Roma,
2 ¿deben interpretarse los artículos 3 y 7, apartado 2, de dicho Convenio, en su caso en relación con la Directiva 86/653/CEE del Consejo de 18 de diciembre de 1986 relativa a la coordinación de los derechos de los Estados miembros en lo referente a los agentes comerciales independientes, en el sentido de que permiten que las disposiciones de Derecho imperativo especial del país del juez, que ofrecen una mayor protección que el mínimo establecido por la Directiva 86/653/CEE, se apliquen al contrato, también cuando resulte que el Derecho aplicable a éste sea el Derecho de otro Estado miembro de la Unión Europea en el que también se goce de la protección mínima que proporciona la referida Directiva 86/653/CEE?
____________1 - Convenio sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales abierto a la firma en Roma el 19 de junio de 1980 (DO 1980, L 266, p, 1; EE 01/03, p. 36).2 - DO L 382, p. 17.