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Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 15 de diciembre de 2016 — Synthon BV / Astellas Pharma Inc.

(Asunto C-644/16)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Hoge Raad der Nederlanden

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Synthon BV

Demandada: Astellas Pharma Inc.

Cuestiones prejudiciales

1.    a)    ¿Debe interpretarse el artículo 6 de la Directiva 1 relativa al respeto de los derechos de propiedad intelectual en el sentido de que en el criterio que haya de utilizarse para la estimación de una pretensión de presentación, debe hacerse una distinción en función de la parte a la que se exija la presentación, esto es, un (supuesto) infractor o un tercero?

b)    En caso de respuesta afirmativa a la cuestión, ¿en qué se distinguen los criterios?

2.    a)    En caso de que se oponga a una pretensión de presentación un motivo según el cual el derecho de propiedad intelectual en virtud del cual se exige la presentación es nulo (o ha caducado), ¿debe emplearse el mismo criterio para apreciar si este motivo de oposición está fundado que el que se emplea para apreciar el grado de verosimilitud de la supuesta violación (cuando se asume que el derecho de propiedad intelectual invocado está vigente)?

b)    En caso de respuesta negativa a esta cuestión, ¿en qué se distinguen los criterios?

c)    Para responder a las cuestiones 2 a) y 2 b), ¿debe establecerse una distinción en función de si el derecho de propiedad intelectual en cuestión ha sido concedido una vez que se ha examinado su legalidad (como una patente europea), o bien ha nacido en virtud de la ley (como un derecho de autor)?

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1 Directiva 2004/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al respeto de los derechos de propiedad intelectual (DO 2004, L 157, p. 45).