Recurso de casación interpuesto el 25 de febrero de 2020 por la República Helénica contra la sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) dictada el 19 de diciembre de 2019 en el asunto T-14/18, República Helénica / Comisión Europea

(Asunto C-106/20 P)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Recurrente: República Helénica (representantes: E. Tsaousi, E. Leftheriotou, y A. Vasilopoulou, agentes)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones de la parte recurrente

La recurrente solicita al Tribunal de Justicia que estime su recurso de casación y que anule la sentencia impugnada del Tribunal General de la Unión Europea de 19 de diciembre de 2019, en el asunto Τ-14/18, por la que se desestima el recurso de la República Helénica de 16 de enero de 2018 contra la Decisión de Ejecución 2017/2014/UΕ de la Comisión de 8 de noviembre de 2017, que estime dicho recurso y que anule la decisión de la Comisión en la parte que excluye de la financiación de la Unión Europea los gastos efectuados por la República Helénica en el ámbito de las ayudas vinculadas a la superficie para el año de solicitud 2014 y correspondientes al 5 % del importe global de los gastos efectuados en concepto de ayudas relativas a los pastos, por un importe neto de 12 482 555,68 euros. Asimismo, solicita que se condene a la Comisión al pago de las costas.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la recurrente invoca tres motivos de casación.

En particular, el primer motivo de casación se refiere a la parte de la sentencia impugnada en que se desestima el motivo ya invocado por la República Helénica en la vista desarrollada ante el Tribunal General, relativo a la comunicación ad hoc el 16 de mayo de 2019 de la sentencia del TJUE recaída en el asunto C-341/17 P. Mediante la primera parte de este motivo, se alega que la sentencia impugnada en casación violó las normas procedimentales y el derecho a la tutela judicial efectiva, en la medida en que el Tribunal General no acogió el citado motivo de la República Helénica por considerar que era inadmisible y que contenía una motivación insuficiente y contradictoria. La segunda parte se basa en una interpretación y aplicación erróneas del artículo 2 del Reglamento 796/2004, así como en la motivación insuficiente y contradictoria de la sentencia impugnada, por cuanto estimó que la alegación de la República Helénica carecía de pertinencia.

Los motivos segundo y tercero de casación hacen referencia a la parte en que la sentencia impugnada desestimó los restantes motivos de anulación. En particular, mediante el segundo motivo de casación se alega que la sentencia impugnada desnaturalizó el contenido de los documentos probatorios presentados en el procedimiento, en particular la tabla de cálculo integral con la estimación de los datos de los 79 664 agricultores con pastos que han recibido las ayudas, de los importes indebidamente pagados y de los eventualmente recuperados por la República Helénica, incurriendo, de este modo, en infracción de ley y en una motivación insuficiente y contradictoria.

Mediante el tercer motivo de casación, la recurrente alega que procede anular la sentencia impugnada en casación debido a que en ella se realizó una interpretación y aplicación erróneas de lo dispuesto en el artículo 31, apartados 1 y 2, del Reglamento 1290/2005, el artículo 52, apartados 2 y 3, del Reglamento 1306/2013, y el artículo 12, apartados 1 a 6, del Reglamento Delegado 907/2014, se infringieron las directrices recogidas en el documento VI/5330/97 y en la Comunicación C(2015) 3675 final de la Comisión, se incumplió la obligación de motivación (artículo 296 TFUE), se aplicaron incorrectamente las normas en materia de prueba (el reparto de la carga de la prueba hizo recaer sobre la República Helénica una probatio diabolica) y se aplicaron e interpretaron erróneamente los principios de non venire contra factum proprium, de non bis in idem y el principio general de proporcionalidad. Asimismo, sostiene que la motivación de la sentencia impugnada es insuficiente y contradictoria.

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