Petición de decisión prejudicial planteada por el Landesverwaltungsgericht Niederösterreich (Austria) el 8 de febrero de 2019 — VO / Bezirkshauptmannschaft Tulln

(Asunto C-96/19)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Landesverwaltungsgericht Niederösterreich

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: VO

Autoridad recurrida: Bezirkshauptmannschaft Tulln

Cuestiones prejudiciales

¿Debe interpretarse el Reglamento (UE) n.º 165/2014, 1 en particular sus artículos 34, apartado 3, párrafo segundo, y 36, apartado 2, en el sentido de que se oponen a una normativa nacional que exige que los conductores de vehículos equipados con un tacógrafo digital en el sentido del artículo 2, apartado 2, letra h), del Reglamento (UE) n.º 165/2014, en caso de que no consten días de trabajo en su tarjeta de conductor [artículo 2, apartado 2, letra f), del mismo Reglamento], respecto a los cuales no lleven tampoco hojas de registro, lleven en relación con dichos días las correspondientes certificaciones de la empresa, conforme a los requisitos mínimos del impreso previsto en el artículo 11, apartado 3, de la Directiva 2006/22/CE, 2 que deberán presentar en caso de inspección?

En caso de respuesta negativa a la primera cuestión:

¿Es total o parcialmente nulo el impreso establecido por la Comisión en su Decisión 2009/959/UE? 3

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1 Reglamento (UE) n.º 165/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, relativo a los tacógrafos en el transporte por carretera, por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.º 3821/85 del Consejo relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera y se modifica el Reglamento (CE) n.º 561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera (DO 2014, L 60, p. 1).

2 Directiva 2006/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, sobre las condiciones mínimas para la aplicación de los Reglamentos del Consejo (CEE) n.º 3820/85 y (CEE) n.º 3821/85 en lo que respecta a la legislación social relativa a las actividades de transporte por carretera y por la que se deroga la Directiva 88/599/CEE del Consejo (DO 2006, L 102, p. 35).

3 Decisión de la Comisión, de 14 de diciembre de 2009, que modifica la Decisión 2007/230/CE, sobre un impreso relativo a las disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera [notificada con el número C(2009) 9895] (DO 2009, L 330, p. 80).