Petición de decisión prejudicial planteada por el Nejvyšší správní soud (República Checa) el 10 de julio de 2017 — AREX CZ a.s. / Odvolací finanční ředitelství

(Asunto C-414/17)

Lengua de procedimiento: checo

Órgano jurisdiccional remitente

Nejvyšší správní soud

Partes en el procedimiento principal

Recurrente (demandante en primera instancia): AREX CZ a.s.

Otra parte (demandado en primera instancia): Odvolací finanční ředitelství

Cuestiones prejudiciales

¿Debe considerarse a todo sujeto pasivo un sujeto pasivo en el sentido del artículo 138, apartado 2, letra b), de la Directiva 2006/112/CE 1 del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (en lo sucesivo, «Directiva IVA»)? En caso de respuesta negativa, ¿a qué sujetos pasivos se aplica dicha disposición?

En caso de que el Tribunal de Justicia responda que el artículo 138, apartado 2, letra b), de la Directiva IVA se aplica en una situación como la que constituye el objeto del procedimiento principal (es decir, cuando el adquirente de los productos es un sujeto pasivo registrado a efectos del impuesto), ¿debe interpretarse dicha disposición en el sentido de que, cuando la expedición o el transporte de esos productos se efectúa de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Directiva 2008/118/CE 2 del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa al régimen general de los impuestos especiales, y por la que se deroga la Directiva 92/12/CEE 3 (en lo sucesivo, «Directiva de impuestos especiales»), una entrega relacionada con un procedimiento previsto en la Directiva de impuestos especiales debe considerarse una entrega exenta con arreglo a dicha disposición, aun cuando los requisitos de exención establecidos en el artículo 138, apartado 1, de la Directiva IVA no se cumplan, habida cuenta de la imputación del transporte de los bienes a otra operación?

En caso de que el Tribunal de Justicia responda que el artículo 138, apartado 2, letra b), de la Directiva IVA no se aplica a una situación como la controvertida en el litigio principal, ¿resulta determinante que los bienes se transporten en régimen suspensivo de impuestos especiales para establecer a cuál de las entregas sucesivas debe imputarse el transporte a efectos del derecho a la exención del IVA previsto en el artículo 138, apartado 1, de la Directiva IVA?

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1 DO 2006, L 347, p. 1.

2 DO 2009, L 9, p. 12.

3 DO 1992, L 76, p. 1.