Petición de decisión prejudicial planteada por el Østre Landsret (Dinamarca) el 22 de septiembre de 2017 — 2M-Locatel A/S / Skatteministeriet

(Asunto C-555/17)

Lengua de procedimiento: danés

Órgano jurisdiccional remitente

Østre Landsret

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: 2M-Locatel A/S

Recurrida: Skatteministeriet

Cuestión prejudicial

¿Deben interpretarse

(i)    la subdivisión «---receptores de señales de imagen y sonido (sintonizadores)» de la partida 8528,

(ii)    la subpartida 8528 71 13 y

(iii)    la subpartida 8528 71 90

de la Nomenclatura Combinada del Arancel Aduanero Común, recogida en el anexo I del Reglamento (CE) n.º 1549/2006 1 de la Comisión, de 17 de octubre de 2006, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) n.º 2658/87 2 del Consejo relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común, en el sentido de que un producto que se ajusta a la designación de la mercancía de la subpartida 8528 71 13 y que es capaz de captar, descodificar y procesar señales de televisión en directo transmitidas mediante tecnología basada en Internet, pero no de captar, descodificar y procesar señales de televisión en directo transmitidas mediante antena, por cable o vía satélite, debe clasificarse en la subpartida 8528 71 13, en la subpartida 8528 71 90 o en otra subpartida?»

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1 DO 2006, L 301, p. 1.

2 DO 1987, L 256, p. 1.