División de Prensa e Información

COMUNICADO DE PRENSA nº75/98

3 de diciembre de 1998

Sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-67/97

Ditlev Bluhme

LA PROTECCION DE LAS ESPECIES ANIMALES PUEDE JUSTIFICAR OBSTACULOS AL COMERCIO ENTRE LOS ESTADOS MIEMBROS


El Derecho comunitario no se opone a la legislación danesa que tiene por objeto proteger la abeja parda de Læsø, amenazada con desaparecer en caso de cruce con otras razas de abejas

Para proteger una población indígena de abejas en zonas específicas, un Decreto danés prevé que en la isla de Læsø y en algunas islas próximas únicamente se pueden tener abejas libadoras de la subespecie Apis mellifera mellifera (abeja parda de Læsø). Esta normativa prohíbe igualmente importar en Læsø abejas domésticas vivas y sustancias reproductoras de abejas domésticas.

El Sr. Bluhme, acusado ante el Kriminalret i Frederikshavn (Tribunal de lo Penal) de haber tenido en Læsø abejas que no eran abejas pardas de Læsø, considera que la normativa danesa obstaculiza la libre circulación de mercancías. En consecuencia, el Kriminalret decidió preguntar al Tribunal de Justicia sobre la conformidad de dicha normativa con el Derecho comunitario

El Tribunal de Justicia señala en primer lugar que, a falta de armonización de las disposiciones de los Estados miembros en materia de comercialización de abejas, son aplicables las disposiciones nacionales, siempre y cuando se respeten las disposiciones del Tratado CE.

A continuación, el Tribunal de Justicia admite que, a través de la prohibición de importar abejas en la referida isla, la legislación controvertida puede obstaculizar efectivamente el comercio entre Estados miembros y que, por consiguiente, constituye una medida de efecto equivalente a una restricción cuantitativa. Sin embargo, reconoce que las medidas de preservación de una población animal indígena, que presenta características específicas, contribuyen a mantener la diversidad biológica garantizando la subsistencia de dicha población. Por tanto, su objetivo es proteger la vida de esos animales y pueden estar justificadas por este motivo.

Dado que la abeja parda de Læsø corre el peligro de desaparecer como consecuencia de cruces con la abeja amarilla, la creación de una zona de protección como la establecida en Læsø constituye, según el Tribunal de Justicia, una medida apropiada al objetivo de protección de la raza y, por tanto, conforme con el Derecho comunitario.

Documento no oficial para uso de los medios de comunicación, que no vincula al Tribunal de Justicia. Este comunicado de prensa está disponible en todas las leguas oficiales.

Para obtener el texto íntegro de la sentencia consulte nuestra página Internet www.curia.eu.int alrededor de las 15 horas de hoy. Para mayor información diríjase a la Sra. Milagros Gallego Tel.: (*352) 4303 3667 Ä Fax: (352) 4303 2668