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Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 16 de julio de 2020 — Comisión Europea / Irlanda

(Asunto C-550/18) 1

[Incumplimiento de Estado — Artículo 258 TFUE — Prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo — Directiva (UE) 2015/849 — Falta de transposición o de comunicación de las medidas de transposición — Artículo 260 TFUE, apartado 3 — Pretensión de condena al pago de una suma a tanto alzado]

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: T. Scharf, L. Flynn y G. von Rintelen, agentes)

Demandada: Irlanda (representantes: G. Hodge, M. Browne y A. Joyce, agentes, asistidos por G. Gilmore, BL, y P. McGarry, SC)

Partes coadyuvantes en apoyo de la parte demandada: República de Estonia (representante: N. Grünberg, agente), República Francesa (representantes: A.-L. Desjonquères, B. Fodda y J.-L. Carré, agentes)

Fallo

Declarar que Irlanda ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 67 de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, y por la que se modifica el Reglamento (UE) n.º 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, y se derogan la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 2006/70/CE de la Comisión, al no haber adoptado, antes de que expirara el plazo señalado en el dictamen motivado de 8 de marzo de 2018, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la Directiva 2015/849 y, por ende, al no haber comunicado tales disposiciones a la Comisión Europea.

Condenar a Irlanda a abonar a la Comisión Europea una suma a tanto alzado de 2 000 000 de euros.

Condenar en costas a Irlanda.

Condenar a la República de Estonia y a la República Francesa a cargar con sus propias costas.

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1 DO C 436 de 3.12.2018.