Language of document : ECLI:EU:T:2013:290





Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 4 de junio de 2013 — Nencini/Parlamento

(Asuntos acumulados T‑431/10 y T‑560/10)

«Reglamentación relativa a los gastos y dietas de los diputados del Parlamento Europeo — Gastos de viaje y de asistencia parlamentaria — Recuperación de cantidades indebidamente abonadas — Prescripción — Plazo razonable — Derecho de defensa — Principio de contradicción — Proporcionalidad»

1.                     Recurso de anulación — Actos recurribles — Concepto — Actos que producen efectos jurídicos obligatorios — Actos de trámite — Exclusión — Recurso interpuesto contra una nota de adeudo de la Dirección General de Finanzas del Parlamento Europeo relativa a la recuperación del pago indebido de dietas destinadas a cubrir gastos de viaje y de asistencia parlamentaria — Nota meramente confirmatoria de una decisión anterior — Inadmisibilidad del recurso (Art. 263 TFUE) (véanse los apartados 27 a 32)

2.                     Derecho de la Unión Europea — Principios — Observancia de un plazo razonable — Procedimiento administrativo — Criterios de apreciación — Incumplimiento — Consecuencias (Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 41, ap. 1) (véanse los apartados 43, 44 y 51 a 53)

3.                     Parlamento Europeo — Reglamentación relativa a los gastos y dietas de los diputados del Parlamento Europeo — Dietas de asistencia de secretaría — Requisitos de concesión — Incumplimiento — Consecuencias (véanse los apartados 92 a 94)

4.                     Parlamento Europeo — Reglamentación relativa a los gastos y dietas de los diputados del Parlamento Europeo — Recuperación de cantidades indebidamente pagadas — Obligación incondicional (véase el apartado 109)

Objeto

Con carácter principal, la anulación de las decisiones del Secretario General del Parlamento de 16 de julio de 2010 y de 7 de octubre de 2010, relativas a la recuperación de determinadas cantidades percibidas por el demandante, antiguo diputado del Parlamento Europeo, en concepto de dietas destinadas a cubrir gastos de viaje y de asistencia parlamentaria, indebidamente abonadas, y de las notas de adeudo del Director General de la Dirección General de Finanzas del Parlamento nº 312331, de 4 de agosto de 2010, y nº 315653, de 13 de octubre de 2010, así como cualquier otro acto conexo y/o previo y, con carácter subsidiario, las pretensiones de que se devuelva el asunto al Secretario General del Parlamento con el fin de que éste determine de nuevo equitativamente el importe cuya recuperación se solicita.

Fallo

1)

Desestimar el recurso en el asunto T‑560/10.

2)

Ricardo Nencini cargará con las costas en el asunto T‑560/10, incluidas las costas del procedimiento sobre medidas provisionales.

3)

Archivar el asunto T‑431/10.

4)

Cada parte cargará con sus propias costas en el asunto T‑431/10, incluidas las costas del procedimiento sobre medidas provisionales.