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Sentencia del Tribunal General de 1 de septiembre de 2021 — Bimbo Donuts Iberia/EUIPO — Hijos de Antonio Juan (DONAS DULCESOL)

(Asunto T-697/20) 1

[«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa de la Unión DONAS DULCESOL — Marca nacional denominativa anterior DONAS — Motivo de denegación relativo — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 — Falta de prueba del uso efectivo de la marca anterior — Calificación de los productos respecto de los cuales se ha demostrado el uso efectivo — Artículo 47, apartados 2 y 3, del Reglamento 2017/1001»]

Lengua de procedimiento: español

Partes

Recurrente: Bimbo Donuts Iberia, S. A. (Madrid) (representantes: M. Ceballos Rodríguez, I. Robledo McClymont y M. Hernández Gázquez, abogadas)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: R. Raponi y D. Gája, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Hijos de Antonio Juan, S. L. (Villalonga, Valencia)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 7 de septiembre de 2020 (asunto R 514/2020-5), relativa a un procedimiento de oposición entre Bimbo Donuts Iberia e Hijos de Antonio Juan.

Fallo

Desestimar el recurso.

Condenar en costas a Bimbo Donuts Iberia, S. A.

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1     DO C 28 de 25.1.2021.