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Recurso interpuesto el 18 de febrero de 2011 - GRP Security/Tribunal de Cuentas

(Asunto T-87/11)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: GRP Security (Bertrange, Luxemburgo) (representante: G. Osch, abogado)

Demandada: Tribunal de Cuentas de la Unión Europea

Pretensiones de la parte demandante

Que se estimen los motivos expuestos por la demandante en el presente recurso.

Sin perjuicio de todos los motivos de hecho y de Derecho y proposiciones de prueba que deban presentarse y aportarse posteriormente.

Que se admita el presente recurso en cuanto a la forma.

Que se declare fundado en cuanto al fondo.

Que basándose en las razones antes expuestas se anulen las decisiones impugnadas.

Que se permita a la demandante reservarse el derecho de reclamar la reparación del perjuicio sufrido por la ilegalidad de la conducta del Tribunal de Cuentas.

Que se condene al Tribunal de Cuentas al pago de todos los gastos y costas del procedimiento.

Que se acepte la expresa reserva de la demandante de ejercitar todos los derechos, pretensiones, motivos y acciones que procedan.

Motivos y principales alegaciones

La demandante solicita la anulación de las decisiones del Tribunal de Cuentas de la Unión Europea por las que, por una parte, se impone una sanción administrativa de exclusión de la demandante de los contratos y subvenciones financiados por el presupuesto de la Unión Europea por un período de tres meses y, por otra parte, la rescisión del contrato marco de servicios nº LOG/2026/10/2 titulado "servicios diversos de seguridad".

En apoyo de su recurso, la demandante invoca tres motivos.

1.    Primer motivo basado en la vulneración del principio de proporcionalidad, del derecho de defensa y del derecho a un proceso equitativo, en la medida en que la demandante actuó de buena fe dado que no fue responsable de las falsificaciones y falsas declaraciones realizadas por uno de sus empleados y en la medida en que el Tribunal de Cuentas pudo solicitar la sustitución del agente de que se trataba en vez de rescindir el contrato.

2.    Segundo motivo basado en un error manifiesto de apreciación, en la medida en que el Tribunal de Cuentas no tuvo en cuenta todos los elementos del expediente.

3.    Tercer motivo basado en la infracción de los artículos 93, 94 y 96 del Reglamento financiero, ya que la demandante no dio ninguna información errónea y no fue culpable de ninguna declaración falsa en el procedimiento de adjudicación del contrato de que se trata.

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