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Recurso de casación interpuesto el 19 de julio de 2016 por la República Federal de Alemania contra la sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) dictada el 10 de mayo de 2016 en el asunto T-47/15, República Federal de Alemania / Comisión Europea

(Asunto C-405/16 P)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: República Federal de Alemania (representantes: T. Henze, y R. Kanitz, agentes, asistidos por T. Lübbig, Rechtsanwalt)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones de la parte recurrente

La República Federal de Alemania solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule íntegramente la sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) que se impugna, dictada el 10 de mayo de 2016 en el asunto T-47/15.

Condene en costas a la Comisión Europea.

Motivos y principales alegaciones

El recurso de casación se basa en tres motivos:

Motivo primero

Al interpretar los conceptos jurídicos de «fondos estatales» y «control» por parte del Estado sobre los recursos económicos de las empresas privadas, la sentencia del Tribunal General que se impugna pasa por algo la delimitación de la definición de ayuda de Estado que se establece en el artículo 107 TFUE, apartado 1. La sentencia impugnada yerra al considerar que, merced a las disposiciones de la Ley alemana relativa a las fuentes de energía renovables, las «autoridades» de la República Federal de Alemania ejercen un «control» y, con ello, facultades de gestión administrativa sobre los fondos económicos de los gestores de redes de transporte y de los proveedores energéticos involucrados en el sistema de apoyo a las energías renovables que existe en Alemania. El Tribunal General debería haber declarado que la Ley relativa a las fuentes de energía renovables simplemente configura las relaciones contractuales de Derecho civil que se tejen entre las empresas del mercado energético alemán y que no da lugar a que exista un control estatal sobre los fondos económicos de dichas empresas.

Motivo segundo

La recurrente alega que el Tribunal General erró al entender que la Ley alemana relativa a las fuentes de energía renovables establece en favor de los grandes consumidores de energía, en su condición de clientes finales, una ventaja que es pertinente a efectos de la consideración de las ayudas de Estado. Al hacerlo, el Tribunal General pasó por alto la jurisprudencia relativa a la compensación de las desventajas estructurales y la relativa a los proveedores energéticos.

Motivo tercero

Por último, la recurrente aduce que la sentencia impugnada no está lo suficientemente motivada, tanto teniendo en cuenta la posición de los gestores de redes de transporte como teniendo en cuenta la de los proveedores energéticos.

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