Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta ampliada) de 15 de septiembre de 2021 — MHCS/EUIPO — Lidl Stiftung (Tono del color naranja)
(Asunto T‑274/20)
«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca figurativa de la Unión que representa un tono del color naranja — Motivo de denegación absoluto — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.º 40/94 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001] — Examen de oficio de los hechos — Artículo 95, apartado 1, del Reglamento 2017/1001 — Naturaleza de la marca — Marca de color — Derecho a ser oído — Artículo 94 del Reglamento 2017/1001»
1. Marca de la Unión Europea — Procedimiento de recurso — Personas legitimadas para interponer el recurso y para ser parte en el procedimiento — Personas cuyas pretensiones no son acogidas por una resolución — Resolución por la que se devuelve el asunto a la instancia inferior para un nuevo examen
[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 72, ap. 4]
(véanse los apartados 23 y 24)
2. Marca de la Unión Europea — Normas de procedimiento — Examen de oficio de los hechos — Procedimiento de nulidad relativo a motivos de denegación absolutos — Examen limitado a los motivos invocados — Consideración de hechos notorios
[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, arts. 7 y 95, ap. 1]
(véanse los apartados 32, 33 y 38)
3. Marca de la Unión Europea — Normas de procedimiento — Resoluciones de la Oficina — Respeto del derecho de defensa — Alcance del principio
[Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 41, ap. 2, letra a); Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 94, ap. 1, segunda frase]
(véase el apartado 46)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 24 de febrero de 2020 (asunto R 2392/2018‑1), relativa a un procedimiento de nulidad entre Lidl Stiftung & Co. y MHCS. |
Fallo
1) | | Anular la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 24 de febrero de 2020 (R 2392/2018‑1). |
2) | | La EUIPO cargará con sus propias costas y con la mitad de las de MHCS. |
3) | | Lidl Stiftung & Co. KG cargará con sus propias costas y con la mitad de las de MHCS. |