Language of document : ECLI:EU:T:2014:957





Auto del Tribunal General (Sala Cuarta) de 6 de noviembre de 2014 —
ANKO/Comisión

(Asunto T‑17/13)

«Cláusula compromisoria — Séptimo Programa Marco para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y de demostración (2007-2013) — Contrato relativo al proyecto Pocemon — Reembolso de las cantidades adelantadas — Escrito que anuncia la emisión de una nota de adeudo — Carta recordatorio — Inexistencia de interés en ejercitar la acción — Inadmisibilidad»

1.                     Procedimiento judicial — Causas de inadmisión por motivos de orden público — Examen de oficio por parte del órgano jurisdiccional — Necesidad de que exista interés en ejercitar la acción hasta que se dicte la resolución judicial (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, arts. 113 y 114, aps. 3 y 4) (véase el apartado 30)

2.                     Procedimiento judicial — Sometimiento del asunto al Tribunal General en virtud de una cláusula compromisoria — Competencia del Tribunal General definida exclusivamente por el artículo 272 TFUE y la cláusula compromisoria — Aplicación de disposiciones nacionales en materia de competencia y de admisibilidad — Exclusión (Art. 272 TFUE) (véase el apartado 31)

3.                     Procedimiento judicial — Sometimiento del asunto al Tribunal General en virtud de una cláusula compromisoria — Contratos celebrados en el marco de un programa específico de investigación, desarrollo tecnológico y de demostración — Resolución unilateral por la Comisión basada en el incumplimiento de las obligaciones contractuales — Demanda de reembolso de los anticipos — Recurso interpuesto contra el escrito de la Comisión que anuncia su intención de emitir una nota de adeudo — No fijación de las condiciones de pago y de la fecha de vencimiento — Inexistencia de interés en ejercitar la acción — Inadmisibilidad del recurso [Art. 272 TFUE; Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, art. 71, ap. 2; Reglamento (CE, Euratom) nº 2342/2002 de la Comisión, arts. 78 y 79] (véanse los apartados 38, 39, 46 a 51 y 53)

Objeto

Recurso interpuesto con arreglo al artículo 272 TFUE, mediante el cual se solicita al Tribunal General que declare, en primer lugar, que la demandante no está obligada a reembolsar la totalidad de la cantidad que la Comisión le abonó en concepto del proyecto Pocemon, celebrado en el marco del Séptimo Programa Marco para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y de demostración (2007-2013), en segundo lugar, que la demandante no está obligada a pagar una indemnización a tanto alzado por dicho proyecto, en tercer lugar, que la Comisión no está facultada para compensar las cantidades que adeuda a la demandante.

Fallo

1)

Declarar el recurso inadmisible.

2)

Condenar en costas a ANKO AE Antiprosopeion, Emporiou kai Viomichanias.