Language of document : ECLI:EU:T:2012:95





Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 29 de febrero de 2012 —
Certmedica International y Lehning entreprise/OAMI — Lehning entreprise y Certmedica International (L112)

(Asuntos acumulados T‑77/10 y T‑87/10)

«Marca comunitaria — Procedimiento de nulidad — Marca comunitaria denominativa L112 — Marca francesa denominativa anterior L.114 — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Similitud entre los productos — Similitud entre los signos — Artículo 8, apartado 1, letra b), y artículo 53, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) nº 207/2009 — Falta de uso efectivo de la marca anterior — Artículo 57, apartados 2 y 3, del Reglamento nº 207/2009 — Declaración de nulidad parcial»

Marca comunitaria — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad relativa — Existencia de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, arts. 8, ap. 1, letra b), y 53, ap. 1, letra a)] (véanse los apartados 73, 76 y 106 a 110)

Objeto

Anulación de la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 9 de diciembre de 2009 (asunto R 934/2009-2) relativa a un procedimiento de nulidad entre Lehning entreprise y Certmedica International GmbH.

Fallo

1)

En el asunto T‑77/10:

—      Anular la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 9 de diciembre de 2009 (asunto R 934/2009-2), en la medida en que anula el registro de la marca L112 para los «productos veterinarios».

—      Desestimar el recurso en todo lo demás.

—      Condenar a Certmedica International GmbH y a la OAMI al pago de sus propias costas.

—      Condenar a Lehning entreprise al pago de las costas en que haya incurrido en el marco de su intervención.

2)

En el asunto T‑78/10:

—      Desestimar el recurso.

—      Condenar a Lehning entreprise al pago de sus propias costas y de las costas en que haya incurrido la OAMI.

—      Condenar a Certmedica International al pago de las costas en que haya incurrido en el marco de su intervención.